Respuesta vigente a 5 de agosto de 2026

No existe una jornada máxima general de 37,5 horas en vigor por aquel proyecto. El artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores mantiene cuarenta horas semanales de trabajo efectivo en promedio anual. El proyecto de ley 121/000058, que proponía reducir ese máximo, fue rechazado en el Congreso en septiembre de 2025 y figura oficialmente como concluido.

Esto no significa que todas las personas deban trabajar cuarenta horas. Convenio colectivo, contrato, acuerdos o distribución anual pueden fijar jornadas inferiores y reglas propias. La decisión correcta parte siempre del marco aplicable a cada empresa y colectivo, no de un titular general ni de una calculadora preparada para una reforma que no entró en vigor.

Escenario: convenio de 38 horas y media

Una empresa de atención técnica tiene un convenio que establece 38,5 horas semanales en cómputo anual. Tras leer una noticia antigua, dirección pide adaptar cuadrantes a 37,5 y calcula nuevas necesidades de plantilla. Antes de cambiar, RRHH revisa texto vigente, calendario anual y acuerdos de empresa.

El resultado puede ser que siga aplicando 38,5, salvo mejora acordada por la organización. El registro horario debe reflejar la jornada realmente realizada, pero no crea por sí mismo una reducción. Separar norma general, convenio y política empresarial evita tanto exigir horas indebidas como atribuir a la ley una decisión voluntaria.

Prueba del sistema con la jornada aplicable

Para evaluar una herramienta, se configura el calendario real: festivos, vacaciones, distribución anual, turnos y bolsa de horas del convenio. Se introduce una semana con cambio de turno, una ausencia y trabajo adicional. El sistema debe conservar fichajes y mostrar diferencias sin sustituir automáticamente las horas registradas por las previstas.

Los criterios son parametrización por colectivo, trazabilidad de cambios, separación entre calendario y registro, cálculo comprensible de saldos y exportación. No se pide al software «cumplir 37,5 horas» como requisito general. Tampoco se afirma que un producto haya sido probado; el guion sirve para comprobar si puede adaptarse al régimen realmente aplicable.

Caso límite: cláusula contractual más favorable

Una persona tiene pactadas 37 horas mientras su equipo se rige por 38,5. Una plantilla única puede generar alertas falsas o asignar saldo incorrecto. La solución debe permitir el calendario individual cuando sea necesario, con permisos y motivo documentado. El responsable no debería corregir fichajes para forzarlos a coincidir con la previsión.

Otro supuesto es una futura reforma aprobada con periodo transitorio. La empresa necesitaría leer el texto publicado, su entrada en vigor y efectos sobre convenios antes de reconfigurar. Preparar flexibilidad es prudente; anunciar hoy una obligación inexistente no lo es.

Conclusión: aplicar la fuente correcta

La pregunta no se resuelve con un sí genérico para toda plantilla. A 5 de agosto de 2026, el máximo legal general continúa en cuarenta horas de promedio anual, mientras pueden existir jornadas inferiores por convenio o acuerdo. El proyecto de 37,5 horas rechazado no debe presentarse como derecho positivo.

Para decidir software, importa que la herramienta gestione calendarios y reglas verificadas, no que use una cifra comercial. Toda página normativa debe indicar fecha de revisión y actualizarse si el BOE publica un nuevo texto aplicable.

Comprobable

Fuentes de este análisis

3 fuentes
  1. officialEstatuto de los Trabajadores, artículo 34BOE • comprobado 5 de agosto de 2026
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  2. officialProyecto 121/000058, concluido y rechazadoCongreso de los Diputados • comprobado 5 de agosto de 2026
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  3. officialGuía sobre el registro de jornadaMinisterio de Trabajo • comprobado 5 de agosto de 2026
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